Declaración Estado de emergencia y/o desastre agropecuario en Mendoza. Resolución 201/2018
Rige desde el 2/10/18 para productores afectados por heladas y desde el 1/11/18 para daños por granizo.
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Rige desde el 2/10/18 para productores afectados por heladas y desde el 1/11/18 para daños por granizo.
A partir del próximo 7 de diciembre los productores de los Oasis Norte, Este y Sur de la provincia de Mendoza, deberán iniciar las aplicaciones para el control del segundo vuelo de la plaga. El alerta para Oasis Centro se informará oportunamente.
Lineamientos del Plan de Sequía para Mendoza.
Datos sobre superficie, producción, comercialización.
Contribución obligatoria a cargo de productores vitícolas.
Los productores de vid deberán iniciar la aplicación de los productos cuando el cultivo presente racimos florales visibles (5 a 7 cm).