Código de operación de traslado. COT.
Solicitud de eximición para la vitivinicultura.
La Administración Tributaria Mendoza (ATM) dictó la RG 45/2018 que establece un régimen de información de traslado o transporte terrestre de bienes a través de un código de operación de traslado (COT). Las primeras reacciones de preocupación expresadas por el CENTRO y otras cámaras empresariales dieron como resultado una prórroga de su entrada en vigencia, así resuelto por la RG 48/2018.
Nuestra inquietud tuvo como argumento central, el actual control y seguimiento pormenorizado de la traza del circuito productivo desde la uva en cepa, hasta el producto fraccionado para ser consumido, en base a un control eficaz llevado a cabo por un organismo con competencia nacional como es el Instituto Nacional de Vitivinicultura -INV- y un sistema vigente y seguro, “on line”, que permite al fiscalizador obtener información detallada y al instante de lo acontecido en la industria, y sobre todo, de las etapas críticas del traslado de los bienes.
Dicha presentación se formalizó mediante la presentación de un escrito ante las autoridades del Ministerio de Hacienda y Finanzas de Mendoza, con copia al Ministro de Economía, Infraestructura y Energía. Tras 26 días de aquella presentación aún no se nos ha respondido.
En el siguiente link puede acceder al documento presentado:
https://centrovyb.org.ar/cont/associatedContent/docsPot/10172018130701000000-5bc733f507711.pdf
Prensa:
CENTRO DE VIÑATEROS Y BODEGUEROS DEL ESTE