Foto para: Polilla de Vid. Entre la espada y la pared 07/06/2018

Polilla de Vid. Entre la espada y la pared

El productor debe hacerse cargo de las ineficiencias en la fiscalización del Estado...

El gobierno nacional ha tomado la decisión de eximir al Estado de su responsabilidad frente a la emergencia fitosanitaria oficialmente declarada que afecta a la vitivinicultura mendocina por la  presencia de la plaga Lobesia Botrana, más conocida como polilla de la vid; insecto introducido a la República Argentina por deficiencias en la fiscalización del SENASA o sea, del ESTADO nacional. Tal decisión implica entonces transferir al sector privado gran parte del costo de las aplicaciones de productos para combatirla; en otras palabras, el productor debe hacerse cargo de las ineficiencias de los organismos encargados de preservar la sanidad de los cultivos y que además cuentan con jugosos presupuestos. Todo lo contrario a las posibilidades económicas del sector productivo. No es un tema menor ya que esta decisión de delegar en los productores el financiamiento de la campaña justificada en el déficit fiscal y la “falta de recursos” ponen en riesgo lo hecho hasta ahora y condiciona lo que debe hacerse inmediatamente en esta lucha sin cuartel contra la plaga. No es una pelea a medias y hacerlo mal tendrá consecuencias sociales irreversibles, sobre todo para una economía regional con mano de obra intensiva, como la vitivinicultura, cada día más expuesta a la concentración. No es cargando las espaldas de los sectores que producen y siempre pagan las fiestas ajenas –haciéndose cargo de más de una plaga- como se resuelven los problemas.

La polilla de la vid ingresó al país en el año 2009 y hasta la temporada 2016 el SENASA sólo atinó a dictar resoluciones y cobrar multas a los productores que no curaban sus viñedos en el marco de un programa del control ¡a cargo del productor! Un fracaso como estrategia, tan advertida como comprobada. Mientras, entre el año 2013 al 2015 las entidades privadas, públicas y representantes de los partidos con representación en el Congreso Nacional trabajaron en la redacción de un proyecto que se sancionó, por UNANIMIDAD, como ley nº 27.227, declarando de INTERES NACIONAL[1] el control de la plaga Lobesia Botrana; ley que nunca fue reglamentada y que ahora nos enteramos es considerada parte de la “pesada herencia recibida” por no haberse identificado entonces las partidas presupuestarias que permitieran fondear la ley y motivo suficiente para desconocer todos sus términos. Argumento amañado que no logra ocultar el tema central: la emergencia fitosanitaria y la definición de interés nacional del programa. Concepto éste que parecía ser indiscutible cuando en la temporada 2017 el gobierno nacional cumpliendo con su compromiso preelectoral dispuso de una partida presupuestaria especial (como indica la ley) que permitió trazar un programa de erradicación de la plaga en base a una estrategia de aplicación de productos con diversas técnicas coordinadas en forma masiva, oportuna y simultánea: no hay otra manera de hacerlo bien tal como lo reconocen los especialistas. Este trabajo, a cargo del ISCAMEN, logró disminuir sensiblemente la presencia de la plaga tal como se ve en los mapas de capturas del insecto. Precisamente por ello, es en este momento cuando más se requiere de la continuidad del programa, tanto para no darle tiempo de recuperación a la plaga como para cuidar la inversión de lo realizado. Es verdad que el productor debe hacerse cargo del control de las plagas en sus cultivos, pero en condiciones normales, por así decirlo. Como lo reconoce la ley nacional se requieren cuatro años de combate contra la plaga ya no para erradicarla pero sí para generar condiciones de control y mitigación: a partir de ahí el rol del productor es relevante. Un solo año de combate contra la plaga no es ni remotamente suficiente. En síntesis, el Estado Nacional, asumiendo su responsabilidad debe devolverle a la vitivinicultura el status fitosanitario anterior al año 2009 aún con las secuelas del caso, que es el hospedaje permanente de una plaga indeseada. En un Estado de Derecho el cumplimiento de la Ley es el mandato fundamental.

 
Mauro A. Sosa
Director Ejecutivo
CENTRO DE VIÑATEROS Y BODEGUEROS DEL ESTE

[1] El interés nacional, puede definirse entonces de forma genérica, como la defensa y promoción de objetivos naturales y esenciales de un Estado en el área política, económica, social y cultural.

Nota de prensa publicada en ARN DIARIO https://www.arndiario.com/notas/ver/id/18916/2018-06-11/Polilla+de+la+Vid+Entre+la+Espada+y+la+Pared

 y Suplemento FINCAS, Diario Los Andes día 09 de junio de 2018.