Foto para: Disconformidad por la presentación del Documento de Tránsito Vegetal en el traslado de uvas. 19/02/2021

Disconformidad por la presentación del Documento de Tránsito Vegetal en el traslado de uvas.

Solicitud de eximición a autoridades nacionales.

Desde el CENTRO DE VIÑATEROS Y BODEGUEROS DEL ESTE se envió una nota al Presidente de SENASA, Ing. Agr. Carlos A. Paz como así también a autoridades regionales del organismo y al Ministro de Agricultura de la Nación, Ing. Luis Basterra, dando cuenta de la disconformidad que provoca la aplicación de la Resolución 31/2015que establece la obligatoriedad de gestionar y portar el Documento de Tránsito Vegetal Electrónico (DTV-e).

La nota expresa que, se considera oportuno destacar la incidencia del mismo en la vitivinicultura, actividad controlada y fiscalizada como pocas, más aún en un momento en que la cosecha de uvas se encuentra ya comenzada.

Desde ese punto de vista, la implementación del “(DTV-e)” provocaría:

  • Aumento de la burocracia: dichas operaciones ya cuentan con documentación respaldatoria exigida por el INV
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  • Tarea administrativa adicional: la gestión del “(DTV-e)”  impone atención y cuidados adicionales a la actividad administrativa atareada ya en exceso, entre las funciones propias del giro del negocio y las delegadas por el Estado.
  • Mayor presión fiscalizadora: estimamos que el control del régimen “(DTV-e)” se sumará a un contexto de por si excesivo de controles y verificaciones por los más variados organismos a los que hay que prestar atención en el cumplimiento de las desproporcionadas normas que reglamentan la actividad. [1]

  • Incremento del costo de administración: debido al volumen que representa el número de tránsitos por rutas provinciales, el control del cumplimiento del “(DTV-e)” en los mismos, devendrá en un gasto de fiscalización para el propio estado.

En efecto, en la vitivinicultura, contamos ya con un seguimiento pormenorizado de la traza del circuito productivo desde la uva en cepa hasta el producto fraccionado para ser consumido, con un control eficaz llevado a cabo por un organismo con competencia nacional (Instituto Nacional de Vitivinicultura - INV) y un sistema vigente y seguro, “on line”, que permite al fiscalizador obtener información detallada y al instante de lo acontecido en la industria, y sobre todo, de las etapas críticas del traslado de bienes, por ejemplo:

  • Código de seguimiento: es otorgado por el INV bajo condiciones de seguridad al productor y es el número que forma parte de los datos a consignar en el Remito “R” respectivo para acompañar el tránsito de la mercadería. El mismo se entrega al productor (origen de la cadena) y acompaña las uvas hasta su destino final (bodega / fabrica mostos / galpón empaque / secadero).

  • Control de pesaje de cargas:  el INV controla y fiscaliza las básculas existentes en cada establecimiento, debiendo contar las mismas con homologación de INTI.

  • Comprobante de ingresos de uva “on line” - CIU :  en el mismo se incluye el número que acompaña la uva en tránsito, siendo el documento oficial que plasma la entrega de materia prima del productor en un establecimiento. En dicho CIU se consignan inclusive, los datos personales del transportista y dominio del camión y acoplado de corresponder. Además, incluye todos los datos del origen y destino de las mercaderías (ambos establecimientos previamente habilitados por INV y bajo su estricto control).

  • Documentación interna y de control de stocks dentro de las bodegas / fábricas / establecimientos de empaque:  es un conjunto de documentos que exige el INV en cada etapa del circuito productivo, e incluso, donde figuran características analíticas y organolépticas de la mercadería dentro del establecimiento. Esta documentación se encuentra bajo el contralor de una dependencia provincial: Dirección de Fiscalización y Control.

  • Controles INV:  el ente de contralor tiene las más amplias facultades para controlar, intervenir, incautar, paralizar tanto mercaderías en establecimientos, como también productos durante su tránsito que incumplan la normativa aplicable.

Atento a lo expuesto, se ha solcitado a las autoridades competentes, se exima a la vitivinicultura del régimen de referencia y se propone que para cualquier control y verificación en el traslado de productos, se considere suficiente la documentación vigente y equivalente respaldatoria de los movimientos (remitos, declaraciones, etc.)

 

https://centrovyb.org.ar/cont/associatedContent/docsPot/02192021120937000000-602faa810a315.pdf

https://www.losandes.com.ar/fincas/documento-de-transito-vegetal-productores-de-uva-reclaman-al-senasa-que-no-sea-obligatorio/

http://enolife.com.ar/es/vinateros-del-este-tambien-reclama-al-senasa-que-anule-la-obligatoriedad-del-dtv-e-para-la-uva/

 

Prensa

CENTRO DE VIÑATEROS Y BODEGUEROS DEL ESTE